En Venezuela la legislación cooperativa ha evolucionado desde posiciones
extremas. En sus orígenes una primera tendencia estableció que las cooperativas
y sus actos eran regulados por el derecho mercantil o civil. Con la evolución del
hecho cooperativo se consolidó una posición autónoma de reconocimiento del
Derecho Cooperativo, expresado en la promulgación de leyes generales o
especiales de cooperativas, el reconocimiento de regulaciones, doctrina y
jurisprudencia propia, que consideran esta manera de organización como un
nuevo tipo económico social que realiza unos actos especialísimos diferentes al
acto de comercio y al acto civil como lo son los Actos Cooperativos.
El movimiento cooperativo se ha desarrollado en Venezuela desde el siglo
XIX, similarmente a otros inicios del cooperativismo en la región, evidenciándose
una clara aplicación de los modelos occidentales y su visión de entender y regular
el hecho cooperativo, prescindiendo en la mayoría de los casos de las
experiencias propias, de los rasgos culturales propios, copiando modelos externos
que han dejado huellas en el que hacer cooperativo nacional.
Durante muchos años la legislación cooperativa en el país no incorporó
modalidades propias del comportamiento económico y social de nuestros
aborígenes en el que distinguen relaciones solidarias y cooperativas propias como
es el caso de la etnia Yanomami en Venezuela, o de la cultura que ha resultado de
un cruzar de pueblos. Se limitó a copiar modelos externos. Es de hacer notar que
nuestra legislación cooperativa vigente (2001), recién incorpora el reconocimiento
a que las cooperativas se guían además de los principios cooperativos
tradicionales, también por los principios y criterios de las propias experiencias y
procesos comunitarios solidarios que son parte de nuestra cultura que recogen la
tradición solidaria ancestral que ha conformado nuestro pueblo.
En Venezuela la primera referencia histórica que hace mención a un tipo de
asociación bajo características cooperativas se desarrolló en San Cristóbal
Estado Táchira. Era una especie de compañía anónima con normas especiales
pero no llegaba a ser una organización auténticamente cooperativista.
Años mas tarde en 1903 un grupo de carpinteros, crearon lo que se estima fue
la primera cooperativa bajo el molde occidental. Se denominó Sociedad de
2 Legislación cooperativa en Venezuela
Yaika Weber
Cooperativa Gestión Participativa
Cooperativas de Ahorro y Construcción, en Porlamar ciudad de la conocida isla
de Margarita, hoy en día parte del Estado Nueva Esparta.
Estas manifestaciones se dieron de hecho, sin contar con una legislación que
las regulara.
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